La Primera Presidencia de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días ha anunciado que ya no se realizarán matrimonios "sólo por esta vida" en el templo (traducido del inglés, "sólo por tiempo", es decir, no por tiempo y eternidad).
La suspensión se abordó en una carta del lunes 24 de mayo a las Autoridades Generales; Oficiales Generales; Setenta de Área; presidentes de estaca, misión, distrito y templo; y obispos y presidentes de rama.
Los matrimonios temporales (sólo por esta vida) en el templo se han reservado para aquellos que han sido sellados previamente a un cónyuge fallecido, de acuerdo con el Manual General de la Iglesia (véase 27.3.3).
Más específicamente esta unión matrimonial se podía realizar en el templo cuando se cumplían estos 4 puntos:
- El hombre y la mujer ya estaban sellados a un cónyuge fallecido.
- El hombre y la mujer, cada uno teniendo una recomendación válida para el templo y una recomendación para las ordenanzas en vida.
- Los matrimonios en el templo siendo matrimonios legales en el país donde se encuentra el templo.
- La pareja con un certificado de matrimonio válido.
Tenían que cumplir con los mismos requisitos para un sellamiento en el templo, incluida una recomendación válida para el templo para las ordenanzas en vida y un certificado de matrimonio. Un matrimonio en el templo solo por tiempo (por esta vida) no estaba autorizado para los miembros que estaban en proceso de solicitar la cancelación del sellamiento o una autorización para sellamiento, según el manual.
Los matrimonios sólo por tiempo eran realizados en sólo algunos países, como por ejemplo, Estados Unidos, en dónde un Obispo o Presidente de Estaca tiene autoridad civil para casar a una pareja, no por tiempo y eternidad, sino hablando en términos de matrimonio civil. Este cambio se refiere a este contexto, discontinúandose estos matrimonios en el templo. Sin embargo, pudiendo efectuarse el matrimonio civil en una capilla u otro lugar.
Firmada por el presidente Russell M. Nelson, el presidente Dallin H. Oaks y el presidente Henry B. Eyring, la carta dice:
“Un templo de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días es la casa del Señor. Es un lugar santo de adoración donde las personas hacen convenios sagrados con Dios y reciben las bendiciones prometidas. Estos convenios y bendiciones son de naturaleza eterna.
“Debido a la naturaleza eterna del templo y la obra que se lleva a cabo allí, se ha decidido que ya no se realizarán matrimonios temporales en el templo. En el caso de que una pareja desee casarse civilmente y no se contempla o no es posible un sellamiento, se anima a la pareja a invitar a su obispo o presidente de estaca, cuando sea legal, a oficiar en la ceremonia del matrimonio".
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Fuente: ChurchNews
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